Fórum
doi: 10.31391/ap.vi5.93 Recepción: 25-10-2023 Aprobación: 28-11-2023
Género y trabajo.
Encuadres contemporáneos en discusión
Alicia Daniela Jimenez Rodriguez Ana Paola Aldrete González |
Eloísa Delgadillo Rosas Jimenez, A. et al. (2023). Género y trabajo. Encuadres contemporáneos en discusión. Análisis Plural, (5). |
Resumen: En este texto se presentan notas sobre algunos marcos contemporáneos que pueden complejizar el abordaje de la intersección entre género y trabajo. Posteriormente, se articulan algunas perspectivas multidisciplinarias y críticas que nos permitirán integrar la deuda como un dispositivo clave en el mundo laboral del sistema capitalista neoliberal, en esta convergencia. Por último, un brevísimo análisis de las relaciones que se establecen cuando se enuncia mujer, género y violencia, a partir del texto de la Ley Federal del Trabajo mexicana. |
Abstract: The text provides some notes on contemporary frameworks that can complexity to the approach to the intersection between gender and work. Subsequently, some critical perspectives are outlined to integrate debt as an apparatus within the labor domain of the neoliberal capitalist system, within this convergence. Finally, a concise analysis is conducted on the relationships that arise when discussing woman, gender, and violence, drawing from the text of the Mexican Federal Labor Law. |
Palabras clave: género, trabajo, perspectivas teóricas, transformación |
Keywords: gender, labor, theoretical perspectives, transformation |
Introducción
Somos contemporáneas de un periodo de transformación del mundo del trabajo. Este contexto nos desafía a estudiarlo desde una perspectiva multidisciplinaria y crítica; a examinarlo desde diversas dimensiones: subjetividades, condiciones materiales, formales e institucionales que favorezcan la igualdad en clave de justicia social. Incluso, podemos concebirlo como un poliedro, que supone un conjunto integral, aun reconociendo sus partes individuales, ya sean cuadrados o triángulos o ángulos y aristas.
Es decisivo comenzar por reconocer que el trabajo no se limita a una mera práctica económica, sino que constituye una trama compleja de ámbitos imaginarios y valores dominantes. Incluye la (re)producción de subjetividades, relaciones y prácticas físicas, afectivas y cognitivas, manteniendo la posibilidad de extrañarnos, de descolocar o desplazar su centralidad en nuestra vida cotidiana, basada en la premisa de que “necesitamos trabajar para ganarnos la vida”. En este sentido, podría ser viable no sólo pensarlo como un lugar de dominación, sino también visualizarlo como un espacio político, con posibilidades y alternativas. Y, para añadir complejidad a este desafío, hay que tomar en cuenta la dimensión de clase en esta reflexión (Weeks, 2020).
Ahora bien, el objetivo principal de este artículo es presentar notas sobre algunos de los marcos contemporáneos que pueden complejizar el abordaje de la intersección entre género y trabajo. Más adelante, se articulan perspectivas críticas que permitirán integrar la deuda como dispositivo clave en el mundo laboral del sistema capitalista neoliberal en esta convergencia. Por último, se presentará un análisis breve de las relaciones que se establecen cuando se enuncia mujer, género y violencia, a partir del texto de la Ley Federal del Trabajo mexicana.
Género y trabajo: notas sobre marcos contemporáneos
La relación entre género y trabajo ha sido objeto de extensos análisis y debates durante décadas. A medida que las concepciones de género evolucionan, nuestra comprensión de cómo este influye en la participación y las dinámicas laborales también se transforma. En este apartado se exploran algunas notas acerca de enfoques contemporáneos de género y trabajo, con el propósito de analizar cómo estas perspectivas pueden contribuir a definir y configurar la manera en que concebimos y abordamos esta intersección en las sociedades modernas.
Para empezar, la teoría de la interseccionalidad emerge como una perspectiva fundamental para abordar la complejidad de las realidades sociales, las personas y sus experiencias humanas. Kimberlé Crenshaw (1989), quien acuñó el concepto, define la interseccionalidad como “el fenómeno por el cual cada individuo sufre opresión u ostenta privilegio con base en su pertenencia a múltiples categorías sociales” (Crenshaw, 1989). La autora enfatiza que las desigualdades no pueden ser consideradas como entidades independientes: género, raza, clase social y orientación sexual están intrínsecamente enlazados y configuran el encuentro con “el otro”. Esta perspectiva crítica insta a profundizar en las categorías y los factores que influyen en la conformación de mercados laborales, sus condiciones y oportunidades.
En paralelo, desde la perspectiva crítica de la Escuela de Frankfurt,1 desarrollada en la década de 1930, se proporciona un marco teórico–metodológico para analizar las estructuras de poder, las relaciones sociales y las formas de dominación sedimentadas en las dinámicas laborales, así como en los procesos de producción y distribución de recursos. Esta combinación entre teoría crítica y estudios laborales favorece el análisis de las cuestiones laborales contemporáneas y contribuye a una comprensión del capitalismo, no solo como un sistema económico sino también como un sistema social que ejerce una profunda influencia en la experiencia de vida de las personas, en el ámbito laboral, en sus deseos, prácticas y su relación con el entorno, así como en fenómenos como la alienación y la desconexión de la labor realizada.
En una tercera perspectiva en la relación entre género y trabajo se han examinado con detalle las categorías analíticas de brecha de género y división sexual del trabajo en numerosos estudios, tanto en el ámbito académico como en términos de su influencia en la formulación de políticas públicas y marcos legales. Además, se integra la segregación ocupacional que representa otra categoría de observación y análisis, especialmente mediante enfoques estadísticos que desagregan según género y ocupación. Estos datos evidencian pautas culturales y estereotipos, lo que permite identificar la producción, reproducción y sedimentación de roles. Un ejemplo destacado puede ser el Índice Global de la Brecha de Género (2022), que analiza “la división de los recursos y las oportunidades entre hombres y mujeres en 155 países. Mide el tamaño de la brecha de esa desigualdad de género en la participación en la economía y el mundo laboral cualificado, en política, acceso a la educación y esperanza de vida”; en resultados recientes expresa que “México tiene una brecha de género del 76.4%. Con ese porcentaje México está en la posición 31 del ranking”.
Una de las perspectivas contemporáneas de amplia influencia en el estudio de género y trabajo es el enfoque postestructuralista, el cual cuestiona las concepciones binarias y estáticas de género. Según esta posición teórica, el género es una construcción social y cultural que se configura a través de prácticas repetidas y performativas. Esto implica que las identidades de género no son estáticas, sino que se moldean y se negocian a lo largo del tiempo, por tanto, el género no es una característica inherente (Butler, 2016; 2018).
Para finalizar este apartado, nos enfocaremos en las intersecciones entre la perspectiva marxista y el trabajo, especialmente para observar cómo las relaciones de producción y el sistema capitalista ejercen un impacto específico en las mujeres, con un énfasis crítico en el capitalismo patriarcal. Sobre todo, reconocemos aquellas contribuciones fundamentales de Karl Marx, como las adaptaciones y los desarrollos realizados por las feministas para analizar de manera más completa y contextualizada las experiencias de las mujeres en el capitalismo patriarcal. Esta perspectiva resulta sumamente rica y prolífera. Es importante recordar que, aunque Marx no abordó directamente la cuestión de género en sus escritos, como bien señala Federici (2017), es fundamental reconocer que algunas de las perspectivas feministas han tomado su legado y lo han llevado en direcciones distintas a las trazadas por él. Esta evolución no solo se ha centrado en la crítica a la estructura patriarcal del capitalismo, sino también en la expansión y complejización de los análisis de las relaciones de género en el contexto de la producción y reproducción de la vida. A pesar de las limitaciones en la obra de Marx respecto al género, sus aportes metodológicos y conceptuales han sido esenciales para la comprensión crítica de las dinámicas sociales y económicas que afectan a las mujeres en el sistema capitalista (Federici, 2017).2
Deuda, trabajo y género: perspectivas críticas
Recientemente, Claudia Goldin compartió en una entrevista, tras ser notificada como acreedora del Premio Nobel de Economía 2023, que en sus investigaciones integró la participación laboral femenina y las brechas salariares en un enfoque interrelacionado. En este sentido, considera el ciclo y la conformación de la unidad doméstica como variable fundamental en las decisiones de las personas, así como en su integración al mercado laboral, el desempeño de tareas de cuidado o, incluso, la necesidad de combinar ambas responsabilidades a lo largo de sus trayectorias laborales. También enfatiza que todo esto depende de las condiciones y el momento que atraviese el ciclo de vida de los hogares.
Esta perspectiva resulta particularmente interesante, ya que permite reflexionar sobre sus implicaciones en relación con las deudas del hogar, así como sobre el cuidado en un contexto como el nuestro. Por otra parte, permite considerar las persistentes disparidades en las percepciones en México, por cuestiones de género, que han sido ampliamente documentadas (inegi, 2019).
Partiendo de que la deuda puede ser considerada como un dispositivo clave en el mundo laboral del sistema capitalista neoliberal (al estar relacionada con la precarización, la brecha laboral y la participación diferenciada por razones de género), según Lucía Cavallero y Verónica Gago (2019), la deuda es un mecanismo concreto que genera dependencia. Ambas autoras argumentan que es parte de las consecuencias del sistema capitalista neoliberal, ya que constituye una forma de apropiación y subordinación de nuestras decisiones y deseos ante su continuum. No importa el tipo de empleo que se tenga, ya sea formal, informal o incluso legal, la deuda opera y obliga.3 Según su análisis podemos reconocer el carácter feminizado de la deuda en las economías populares y precarizadas.
Al abordar la definición de la deuda, Cavallero y Gago (2019) proponen una serie de referencias que exploran sus implicaciones en diversos aspectos socioculturales en contextos latinoamericanos. En particular, investigan la feminización del trabajo, la expansión de microcréditos y los endeudamientos masivos de hogares, todos los cuales tienen un impacto en la reproducción social, las trayectorias laborales y las relaciones de género. Según señalan, “la deuda se ha definido como un mecanismo de sujeción y servidumbre, estructurando la relación deudor–acreedor como constitutiva del capitalismo” (Cavallero y Gago, 2019, p. 20).4
Brevísimo análisis a partir del texto de la Ley Federal del Trabajo mexicana
Para finalizar, en el contexto mexicano es necesario considerar las oportunidades que podrían surgir a partir de la reforma laboral de 2019 al abordar la intersección de género y trabajo. Esta reforma establece el marco jurídico–administrativo para procurar, entre otras cosas, la equidad de género y la instrumentación de mecanismos para prevenir la violencia en los centros de trabajo. No obstante, es decisivo también reconocer que este avance se coloca en un contexto de persistente y profunda violencia contra las mujeres en nuestro país. Las mujeres que se movilizan en las calles exigiendo la garantía de una vida libre de violencia son, en no pocos casos, trabajadoras.
Con la finalidad de analizar las relaciones cuando se enuncia mujer, género y violencia, se realizó una revisión del texto completo de la Ley Federal del Trabajo para identificar las relaciones que se delinean en la legislación.
Al examinar las relaciones asociadas con la palabra “mujer” se identificaron medidas específicas en los artículos 2°, 3°, 132 (Fracc. xxvii), 166, 167, 331 ter. Estos artículos abordan la garantía de salud y protección laboral durante el embarazo y la lactancia, así como la igualdad sustantiva, en los derechos colectivos y de sindicalización, y establecen normas para llevar a cabo consultas a los trabajadores sobre contratos colectivos de trabajo. También incluyen disposiciones para prevenir la discriminación, especialmente la relacionada con el embarazo y la orientación sexual. Adicionalmente, contemplan la protección de mujeres embarazadas en caso de despido y promueven el acceso a la seguridad social. Asimismo, reconocen la importancia de otorgar permisos de paternidad para hombres trabajadores y decretan medidas para prevenir y erradicar la violencia y el acoso sexual en el ámbito laboral.
Por su parte, al explorar la relación con la palabra “género”, se identificaron disposiciones en los artículos 2°, 3°, 358 (Fracc. ii), 857 (Fracc. iv), 132 (Fracc. xxxi), 590–A (Fracc. iv), 371 (Fracc. ix Bis), 330–h y 341. Estos artículos de la Ley Federal del Trabajo tratan concretamente la cuestión del género al establecer medidas para prevenir la discriminación por motivos de género. Se centran en la erradicación de la discriminación contra las mujeres al promover la igualdad sustantiva entre trabajadores y trabajadoras para la participación en diversos ámbitos laborales. También subrayan la importancia de lograr una representación proporcional en términos de género.
En cuanto a la palabra “violencia”, en los artículos 3°, 3° Bis, 47 (Fracc. ii), 51 (Fracc. ii), 132 (Fracc. xxxi), 330–h, 341 y 684–e (Fracc. xii, xiv), la ley enfatiza la importancia de abordar la cuestión de violencia de género en el ámbito laboral. Establece medidas tanto para la atención como para la prevención de casos de violencia y acoso sexual. Además, prohíben los actos de violencia, agravios o malos tratos basados en el género. Señalan que cualquier forma de violencia de género puede ser causa de rescisión de la relación laboral. La ley también reconoce el acoso sexual como una forma de violencia, junto con la discriminación, el hostigamiento y otros actos de violencia contemplados por la legislación.
En resumen, las relaciones cuando se enuncia mujer, género y violencia en esta legislación enfatizan un abordaje a partir de la prevención y prohibición de la violencia y el acoso sexual. Cualquier forma de violencia de género puede ser causa de rescisión de la relación laboral. Se establecen medidas concretas para proteger la salud durante el embarazo y la lactancia, así como para promover la representación equitativa en las directivas sindicales, la protección y promoción de derechos colectivos y de sindicalización. Además, se reconoce la importancia de otorgar permisos de paternidad para hombres trabajadores.
Comentario final
La transformación del mundo del trabajo en las sociedades contemporáneas requiere de reflexiones, análisis y acciones desde enfoques multidisciplinarios y críticos para poder propiciar otras realidades laborales. Imaginarlas. En este escenario, las recientes reformas laborales en México ofrecen oportunidades para abordar problemáticas clave que configuran la realidad laboral mexicana, como garantizar la equidad de género y prevenir la violencia en los centros de trabajo. Sin embargo, es fundamental reconocer que estas transformaciones se enmarcan en una realidad con arraigadas desigualdades y violencias, y requieren de la movilización activa y creativa de las diferentes agentes involucradas. Vale decir que la promulgación de la norma no modifica por la vía de los hechos la abrumadora realidad de nuestro país.
Bibliografía
Butler, J. (2016). El género en disputa. El feminismo y la subversión de la identidad. Barcelona: Paidós.
Butler, J. (2018). Resistencias. Repensar la vulnerabilidad y repetición. México: Paradiso Editores.
Cavallero, Lucía y Gago, Verónica. (2019). Una lectura feminista de la deuda: ¡Vivas, libres y desendeudadas nos queremos! Buenos Aires: Fundación Rosa Luxemburgo.
Chávez, Karen y Hernández, Perla. (2023). Estudios sobre brechas salariales y trabajos de mujeres le dan el Nobel a Claudia Goldin. Gaceta unam. Consultado en octubre, 2023, en https://www.gaceta.unam.mx/economia-y-genero-claudia-goldin-se-lleva-el-nobel-2023/
Crenshaw, Kimberlé (1989). Demarginalizing the Intersection of Race and Sex: A Black Feminist Critique of Antidiscrimination Doctrine, Feminist Theory and Antiracist Politics. University of Chicago Legal Forum. Vol. 1989, Núm. 1: 139–167.
Espino, A. (2011). Trabajo y género: un viejo tema ¿nuevas miradas? Nueva Sociedad.
Federici, S. (septiembre de 2017). Notas sobre género en El Capital de Marx. Viento Sur.
Índice de Brecha Global de Género. (2022). consultado en octubre, 2023. https://datosmacro.expansion.com/demografia/indice-brecha-genero-global
inegi. (2019). Las mujeres y los hombres en las actividades económicas. Consultado en octubre, 2023. https://www.inegi.org.mx/
tablerosestadisticos/genero/
inegi. (2023). Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (enoe), población de 15 años y más edad. Ultima actualización 28 de agosto de 2023. Consultado en octubre, 2023. https://www.inegi.org.mx/programas/enoe/15ymas/
Weeks, K. (2020). El problema del trabajo. Feminismo, marxismo, políticas contra el trabajo e imaginarios más allá del trabajo. Traficantes de sueños.
1 La producción de conocimiento es vasta, algunas referencias: Marcuse, H. (1993). El hombre unidimensional. Ensayo sobre la ideología de la sociedad industrial avanzada (Antonio Elorza, trad.). Buenos Aires: Editorial Planeta (la obra original fue publicada en 1954); Habermas, J. (1999). Teoría de la acción comunicativa I: racionalidad de la acción y racionalización social. Madrid: Taurus, entre otros.
2 Federici señala: “aquí, mi idea principal es que Marx no teorizó sobre género porque, en parte, la ‘emancipación de las mujeres’ tenía una importancia periférica en su trabajo político; es más, él naturalizaba el trabajo doméstico y, tal como el movimiento socialista europeo en su conjunto, idealizaba el trabajo industrial como la forma normativa de producción social como potencial nivelador de las desigualdades sociales. Entonces, consideraba que, eventualmente, las distinciones en torno al género y a la edad se disiparían. No logró apreciar la importancia estratégica, tanto para el desarrollo del capitalismo como para la lucha en su contra, de la esfera de actividades y relaciones por las cuales se reproducen nuestras vidas y la fuerza de trabajo, comenzando por la sexualidad, la procreación y, primero y principal, el trabajo doméstico no remunerado de las mujeres” (Federici, 2017).
3 Según la Encuesta Nacional sobre Finanzas de los Hogares, el 53.8% tiene una deuda no hipotecaria (de crédito, nómina, créditos a vehículos o personales). enfih, 2019, consultado en octubre 2023. https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enfih/2019/doc/enfih_2019_presentacion_resultados.pdf
4 Ellas refieren a varios autores al trazar lo que llaman mapa de coordenadas que definen la deuda como mecanismos de explotación de este tiempo; resaltamos dos para fines de este artículo: “Silvia Federici (2012) provee elementos clave: remarca la fragmentación de la relación de clase que produce la deuda en su papel a la hora de desmantelar el salario como un acumulado de las luchas que lo han constituido y la financierización de los servicios que estaban a cargo del Estado: de la salud a la educación. La conexión que hace de estos problemas con la explotación de los recursos comunes y del trabajo reproductivo de las mujeres es central. Maurizio Lazzarato (2013) ha retomado a Nietszche para argumentar cómo la dinámica del trabajador ha dejado lugar a la ‘fábrica del hombre endeudado’ para explicar cómo la deuda impone un ‘trabajo sobre sí’ que la vincula directamente a una ‘moralidad’ deudora. Estamos siempre en deuda con algo y con alguien. Esto es: asumimos responsabilidad y culpa por los logros y fracasos; en fin, por la capacidad emprendedora de cada quien como manera de individualizar el riesgo y pensar la vida propia como empresa” (Cavallero y Gago, 2019, pp. 20–21).